A- de 2025
The official text of this ruling is in Spanish and is shown as published by the Colombian authorities.
Reporting justice Jorge Enrique Ibáñez Najar
✓Claimant Caro Borrero Andrés·Respondent --
Topics and subtopics of the ruling
✓What the ruling decides and analyzes, as indexed by the Court's case-law reporter's office. Each topic links to every decision that addresses it.
- Demandante debe efectuar razonamiento mínimo para constatar yerro o arbitrariedad
- Requisitos de procedencia
- Incumplimiento de la carga argumentativa
Case-law reporter's summary (what was argued and decided, in prose)
Recurso de súplica.
La demanda se rechazó porque no se advirtió una corrección debida de los reproches formulados y, en consecuencia, continuaron presentándose las deficiencias del escrito inicial, relacionadas con la falta de acreditación de los supuestos de certeza, especificidad y suficiencia.
La Sala Plena de la Corporación decidió rechazar, por improcedente, el recurso interpuesto, pero respecto de los reproches que no lograron satisfacer el presupuesto de carga argumentativa y negar la súplica respecto de las razones que sí cumplieron con dicha carga, pero no demostraron falencias en la providencia censurada.
What it decided
Operative part (Resuelve)
✓Verbatim text of the decision, as it appears in the ruling. It complements the structured holdings above.
See the operative part (4 points)
- PRIMERO. RECHAZAR el recurso de súplica interpuesto en contra del Auto del 1 de septiembre de 2025, proferido en el proceso D-16752, presentado por el ciudadano Andrés Caro Borrero. Lo anterior, respecto de los argumentos que no satisfacen el requisito de carga argumentativa, en los términos expuestos en el párrafo 74 de la presente providencia.
- SEGUNDO. NEGAR el recurso de súplica interpuesto en contra del Auto del 1 de septiembre de 2025, proferido en el proceso D-16752, presentado por el ciudadano Andrés Caro Borrero. Lo anterior, respecto de los argumentos que satisfacen el requisito de carga argumentativa, pero que no demuestran falencias en dicho auto, en los términos expuestos en el párrafo 73 de la presente providencia.
- TERCERO. COMUNICAR el contenido de esta decisión al demandante por intermedio de la Secretaría General de la Corte Constitucional y adviértasele que contra ella no procede recurso alguno.
- CUARTO. ARCHIVAR este expediente una vez ejecutoriada esta decisión.
The bench that decided
We distinguish who appears in the ruling (signature, vote or concurrence) from who probably sat on the Court on that date. The difference is shown by color and shape.
How it connects
Each decision is a node in the case-law network: it cites some and is cited by others. Follow the threads.
The indexed topics and subtopics of this decision are above, in Topics and subtopics of the ruling.